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Por Ariadna Camacho Contreras

México está viviendo una transformación histórica en todos los ámbitos de la vida pública, sin embargo, algunas de las desigualdades estructurales que han marcado nuestro país, aún están latentes y continúan lacerando nuestra realidad social. Hoy por hoy, se busca contar con un sistema judicial más inclusivo y equitativo que reconozca y combata las desigualdades que afectan a los diferentes grupos que han sido históricamente marginados, garantizando el acceso pleno a la justicia para todas las personas. 


La población mexicana es basta, de acuerdo con datos del INEGI (INEGI, 2020), en México hay 126,014,024 personas, de las cuales el 51.2% son mujeres y el 48.08% son hombres. Y todos son iguales ante la ley, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es decir, todas las personas deben ser tratadas igualitariamente por el Estado, y gozar de los derechos fundamentales reconocidos en nuestra Carta Magna. 


Sin embargo, cuando se habla de acceso a la justicia, se requiere de una serie de garantías que reconozcan la diversidad y complejidad del panorama social, con el objetivo de brindar a todas las personas las medidas adecuadas para eliminar los obstáculos que le impiden el pleno goce de sus derechos, o en su defecto, garantías que procuren nivelar los distintas condiciones en las que viven millones de mexicanos, aminorando con ello, las desigualdades que limitan el pleno ejercicio de sus derechos. Así, hablamos de la importancia de implementar la Perspectiva de Género en la impartición de justicia. 


Juzgar con perspectiva de género, es una obligación del Estado Mexicano. La perspectiva de género, es un enfoque analítico que se ha construido durante años, y que permite comprender cómo las diferencias y roles sociales asignados a hombres y mujeres influyen en las relaciones de poder, la distribución de recursos y oportunidades, y en la construcción de identidades y comportamientos. Este enfoque reconoce que el género es una construcción social y cultural, no solo una característica biológica, y se utiliza para identificar y combatir las desigualdades y discriminaciones existentes en las distintas esferas de la vida (desde la política y la economía hasta la educación y el sistema judicial). 


En el ámbito judicial, el género produce impactos diferenciados en la vida de las personas y por ello, deben ser tomados en consideración al momento de apreciar los hechos, valorar las pruebas e interpretar y aplicar las normas jurídicas.  


Con mayor frecuencia, son las mujeres quienes enfrentan más obstáculos para tener acceso a la justicia en condiciones de igualdad y sin discriminación, pero hablar de género no se reduce a hablar exclusivamente de mujeres. No debemos perder de vista que lo fundamental no es el género de las personas que participan en la controversia en sí mismo, sino más bien el reconocimiento de una posible situación de poder o contexto de desigualdad basado en el sexo, las funciones del género o la orientación sexual. Es decir, la perspectiva de género debe aplicarse en todos los casos en que, con independencia del género de que se trate, se advierta una condición de desigualdad. 


Hoy, después de la ratificación de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en 1981, y de la ratificación de la Convención Belém do Pará en 1998, así como de diversas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en México se han delimitado algunos elementos indispensables para juzgar con perspectiva de género, que están más vigentes que nunca y que guían a los órganos jurisdiccionales en la impartición de justicia.  


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Mujeres al frente del debate, abriendo caminos hacia un diálogo más inclusivo y equitativo. Aquí, la diversidad de pensamiento y la representación equitativa en los distintos sectores, no son meros ideales; son el corazón de nuestra comunidad.