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Por Mónica Hernández

La noticia no es nueva, pero sí es nueva la entrada más reciente, que no creo que vaya a ser la última. Y es que el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de Estrasburgo ha fallado en apoyo a la ley francesa vigente que prohíbe el uso de la burka y el niqab en los espacios públicos, porque considera que amenaza la convivencia. La abaya siempre y cuando solo tape el cuerpo, pero despeje cuello, cara, frente y por supuesto, ojos. Se permite el uso de los velos más “light”, como el hijab y el chador. Los espacios públicos incluyen, pero no se limitan a la calle, el supermercado, la escuela, el gimnasio, el salón de belleza… Y en general, cualquier espacio de convivencia.

Este proyecto comenzó en Francia en el año de 2010, estando como presidente Nicolás Sarkozy. La ley se aprobó en todas sus instancias e inició su vigencia a partir de abril de 2011, seguida de Bélgica en junio del mismo año. Para el 2019 la ley se había extendido a Austria, Dinamarca, los Países Bajos (antes conocidos como Holanda) y Suiza. España e Italia van detrás pero con este fallo del Tribunal Europeo, cuya decisión es vinculante, probablemente no tarden en aprobarla también. Un fallo vinculante, para quienes no sabemos nada de terminología legal, quiere decir que es de aplicación obligatoria y que cualquier caso parecido que se presente ante un juzgado, la resolución será la misma. Queda entonces prohibido el uso de telas que tapen la cara de las mujeres, aunque sea por causas de religión.

Mujeres al frente del debate, abriendo caminos hacia un diálogo más inclusivo y equitativo. Aquí, la diversidad de pensamiento y la representación equitativa en los distintos sectores, no son meros ideales; son el corazón de nuestra comunidad.